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SISTEMA BANCARIO DOMINICANO

EVOLUCION HISTORICA

 

 

PRIMER PERIODO:  GESTACIÓN DE LA BANCA

1908-1946

 

            En los primeros veinte (20) del siglo pasado se instalaron en el país los primeros bancos extranjeros,  en 1908 el Royal Bank of Canadá, 1917 National City Bank, 1920 The bank Nova Scotia.  Hacían las operaciones rutinarias, recibían depósitos, realizaban préstamos y las operaciones internacionales que requería la Economía Dominicana a principio de siglo.

 

            En 1928 se instala el primer banco de inversionista locales La compañía Bancaria Nacional, fue la primera entidad de capital nacional que recibió depósito del público y operaciones crediticias.  Pero debido al régimen de Trujillo tubo que parar sus operaciones.

 

            Antes de finalizar éste período el gobierno Dominicano adquiere el National City Bank en el año 1941, naciendo de esta manera el Banco de Reservas de LA República Dominicana.  Desde su origen esta institución a sido agente financiero del gobierno Dominicano; al mismo tiempo que realiza operaciones bancarias con el sector privado.  Otra entidad que surgió fue en Banco Agrícola e Industrial, creado en el 1945 como banco de fomento público para la agricultura y la industria.

 

SEGUNDO PERIODO:  NACIMIENTO INDUSTRIAL

 1947-1961.

 

            En 1947 se promulgan tres leyes básicas que configuran el marco legal del sistema bancario nacional.

 

1.     LA LEY MONETARIA que estableció el Peso Oro

 Dominicano.

2.     LEY QUE CREO AL BANCO CENTRAL DE LA REP.  DOM.

Como institución rectora del sistema bancario y con la finalidad de promover y mantener las condiciones bancarias, monetarias y crediticias mas favorables a la estabilidad y desenvolvimiento  ordena de la economía nacional.  Al mismo tiempo que se ocuparía de regular el sistema bancario de la nación.

 

3.     LA TERCERA LEY, el marco jurídico al que debía sujetarse las operaciones que podían realizar en el país los bancos comerciales.  Al mismo tiempo creo la superintendencia de bancos, con la finalidad de ampliar y Administrar el nuevo régimen legal así como supervisor de la banca.